La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco), comunica que las propinas o gratificación por el servicio prestado es voluntaria, por lo que no debe ser incluida como cargo adicional al precio convenido o anunciado, salvo que se trate de servicios precontratados en los que se determinen el cargo por propina, por ejemplo, los alquileres de salones para fiestas, menús, etc., los cuales se hacen con previo aviso.
Así lo establece el artículo 56 de la Ley 45 de 2007, que fue modificado por la Ley 34 de 2016. Donde también se agrega que, “…la propina podrá ser sugerida, siempre que se establezca en la factura el total a pagar, incluidos los impuestos y/o tasas y, además, se establezca de manera claramente diferenciada el total a pagar incluidos los impuestos y/o tasas y la propina sugerida”.
La diferencia entre sugerir e incluir, es que no se puede totalizar, porque si no el consumidor lo puede ver como una imposición. En tal caso, se tendría que tener dos totales, uno sin la propina y otro con la propina y que el consumidor escoja.
Si un consumidor se ve afectado tomar una fotografía de la factura con sus dispositivos móviles y enviarla como denuncia a través del Sistema de Información y Denuncia Institucional (Sindi). Este servicio está disponible las 24 horas del día, los 7 días de la semana, a través de WhatsApp y Telegram al número 6330-3333. Además, las denuncias también pueden presentarse de manera anónima.
La Acodeco sugiere incluir detalles como el nombre del establecimiento comercial y su ubicación para facilitar la investigación.
Foto: Acodeco.