La polémica Ley 890, sobre descentralización pública, que permite a las autoridades locales escoger el salario que mejor les convenga, fue sancionada este viernes por el presidente de la República Laurentino Cortizo.
La ley, que a partir de ahora será la 376, y que fue publicada en Gaceta Oficial, señala en su artículo 72 que, el representante de corregimiento o suplente que al momento de resultar electo labore como servidor público, se acogerá a una licencia sin sueldo durante el periodo que ejerza el cargo de elección popular.
La Ley permitirá además que, aquellos alcaldes y representantes, que al momento de su elección ya tienen un cargo público, escojan cuál de los dos salarios quieren recibir: el que les corresponde en el gobierno local o el que cobran como servidor en alguna entidad.
Alcaldes y vicealcaldes
En el caso de los alcaldes y vicealcaldes, lo contenido en el artículo 83, señala que al momento de resultar electos laboren como servidores públicos, se acogerán a una licencia sin sueldo durante el periodo en que ejerzan el cargo de elección.
«No obstante, lo anterior, si el sueldo que corresponde al cargo de alcalde y vicealcalde es inferior al sueldo que perciben en dicha entidad estatal, por su condición de servidores públicos electos, podrán optar o acogerse a una licencia con sueldo, “para la cual deberán renunciar previamente al sueldo que corresponde al cargo de elección popular”.
Al igual que los representantes, no podrán percibir dos o más sueldos pagados por parte del Estado, salvo excepciones establecidas en la Constitución Política de la República, ni ejercer funciones distintas a su cargo en jornadas simultáneas de trabajo.