Mitradel aplicará código laboral sobre trabajadores de Minera Panamá

El Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel), advirtió este jueves que aplicará las normas del Código de Trabajo, para salvaguardar los derechos de los trabajadores de Minera Panamá.

La entidad aclaró que a la fecha no ha recibido ninguna solicitud formal de suspensión de contrato de
los trabajadores.

El Mitradel dejó claro que para la suspensión de los contratos se requiere de manera previa la autorización de dicha entidad.

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Por otro lado, se indicó que existen pendientes por revisión varios pliegos de peticiones de organizaciones sindicales presentes en la empresa, lo que blinda aún más a los trabajadores.

«Según el artículo 441 del Código de Trabajo, que no se puede suspender los contratos ni despedir a ningún trabajador, sin autorización judicial previa mientras no se concluya la negociación colectiva que origina la presentación de dichos pliegos de peticiones», aclaró el Mitradel.

Otras medidas que la empresa considere necesaria tomar en materia laboral durante la situación actual, deben ser consultadas y acordadas con los sindicatos, y registradas en el Mitradel «como garante de la salvaguarda de sus derechos».

«Es oportuno destacar que la suspensión temporal de las operaciones de embarque, ordenada por la Autoridad Marítima de Panamá, depende exclusivamente de que la empresa demuestre a esa Institución que cumple con los requisitos legales vigentes para esa operación» agregó.

La entidad invitó a Minera Panamá a preservar un ambiente laboral propicio para el beneficio del proceso y la tranquilidad de sus trabajadores, proveedores y subcontratistas.

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